Las mascotas podrán viajar en trenes y micros de larga distancia: cuáles son los requisitos
El Gobierno habilitó el traslado de animales domésticos en servicios nacionales y cada empresa podrá fijar sus propias tarifas y condiciones.
El Ministerio de Economía oficializó una medida largamente esperada por dueños de mascotas: a partir de una nueva resolución, se autoriza el traslado de animales domésticos en trenes y micros de larga distancia de jurisdicción nacional. La normativa alcanza a los servicios automotores y ferroviarios y establece una serie de requisitos obligatorios para garantizar la seguridad y el bienestar tanto de los animales como de los pasajeros.
La decisión fue instrumentada a través de la Resolución 2076/2025, impulsada por la Secretaría de Transporte, con el objetivo de actualizar la normativa vigente y eliminar restricciones que ya no se adaptaban a la realidad actual del transporte de pasajeros.
Desde la cartera que conduce Luis Caputo señalaron que la medida permitirá reglamentar de manera clara los días, horarios y modalidades en que se podrá viajar con mascotas, respetando estándares internacionales y las recomendaciones del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos.
Requisitos para viajar con mascotas
De acuerdo a lo establecido en el anexo de la normativa, el pasajero será responsable en todo momento de la custodia, la salud y la seguridad del animal, y deberá evitar que cause molestias o riesgos al resto de los usuarios.
El traslado deberá realizarse obligatoriamente en un contenedor o transportín cerrado, diseñado específicamente para animales y que garantice condiciones adecuadas de higiene y protección. El canil podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o sobre el asiento junto a la ventanilla, siempre debidamente sujeto con el cinturón de seguridad si ocupa una butaca.
Además, los pasajeros deberán presentar la constancia de vacunación antirrábica y cualquier otra certificación exigida por la normativa vigente, documentación que podrá ser requerida al momento de abordar o durante el viaje. Solo se permitirá un animal doméstico por pasajero mayor de edad y no más de uno por transportín.
Tarifas y excepciones
La resolución faculta a las empresas de transporte automotor y ferroviario a fijar una tarifa específica por el traslado de animales, de acuerdo a las condiciones del mercado. No obstante, aclara que los perros guía o de asistencia que acompañen a personas con discapacidad estarán exceptuados del pago, en cumplimiento de la Ley 26.858.
Asimismo, las compañías podrán establecer condiciones adicionales, como límites de peso, tamaño, edad, raza o especie, y deberán definir los procedimientos de limpieza y desinfección de las unidades luego de cada viaje.
La normativa también autoriza a las empresas a organizar recorridos y frecuencias específicas para identificar claramente cuáles servicios admiten mascotas, facilitando la planificación de los pasajeros.
Con esta medida, el Gobierno busca modernizar el sistema de transporte, adaptarlo a nuevas demandas sociales y reconocer que, para muchas familias, las mascotas forman parte esencial del hogar y del viaje.


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