El error más común al mover plata entre cuentas propias que puede activar controles de ARCA
Mover dinero entre cuentas del mismo titular es legal, pero puede quedar bajo la lupa. En marzo siguen vigentes topes mensuales para personas físicas y jurídicas.
ARCA reforzó el foco sobre las transferencias entre cuentas propias y volvió a poner en agenda una duda clave para miles de usuarios: cuánto dinero se puede mover sin activar alertas del sistema. En marzo de 2026, para personas físicas, el umbral informado por distintos medios especializados y generalistas es de $50.000.000 mensuales, mientras que para personas jurídicas baja a $30.000.000. En ambos casos, no se trata de una prohibición ni de una infracción automática, sino del monto a partir del cual las entidades financieras deben informar operaciones al organismo.
El punto central es que transferir dinero entre cuentas del mismo titular sigue siendo una operación legal. Lo que cambia es el nivel de control: si los movimientos resultan elevados o se salen del perfil habitual del contribuyente, ARCA puede pedir documentación respaldatoria. Esa vigilancia abarca no solo transferencias bancarias, sino también acreditaciones, saldos al cierre de mes y operaciones en billeteras virtuales.
Uno de los errores más comunes es mirar cada transferencia por separado. En la práctica, lo que pesa es el volumen acumulado del período mensual informado. Por eso, varias operaciones chicas también pueden terminar cruzando el umbral que obliga a reportar la actividad. Esa lectura es la que explica por qué muchos usuarios quedan bajo revisión sin haber hecho una sola transferencia "gigante".
En marzo de 2026, los parámetros difundidos para el régimen informativo marcan estos topes: $50.000.000 mensuales para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas en transferencias o acreditaciones; también esos valores se toman como referencia para saldos bancarios al último día del mes y movimientos en billeteras virtuales. Además, las extracciones en efectivo tienen un umbral de $10.000.000 mensuales para ambos tipos de contribuyentes.
Otro dato relevante es que las compras como consumidor final también quedaron alcanzadas por un tope de $10.000.000, mientras que para plazos fijos el monto informado sube a $100.000.000 para personas físicas y se ubica en $30.000.000 para personas jurídicas. En paralelo, ARCA mantiene publicada la información sobre el régimen para cuentas virtuales y aclara que la presentación cambia según el período fiscal, distinguiendo hasta 03/2026 y desde 04/2026 en adelante.
Superar esos montos no significa, por sí solo, multa o bloqueo inmediato. Lo que sí ocurre es que la entidad financiera o la plataforma puede quedar obligada a reportar el movimiento, y a partir de ahí ARCA puede requerir respaldo sobre el origen de los fondos. Si la operatoria no se corresponde con la situación fiscal declarada, el caso puede escalar a revisiones más profundas.
En términos prácticos, la recomendación que se desprende de las fuentes es simple: mantener consistencia entre ingresos declarados y movimientos, conservar comprobantes y no confiarse con el "son cuentas mías, no pasa nada". El foco no está puesto en prohibir la transferencia entre cuentas propias, sino en detectar desvíos, montos atípicos o fondos sin justificación suficiente.


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