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Jujuy: de cuánto es la multa para quienes no vayan a votar en agosto

Más de 600 mil jujeños están habilitados para participar del sufragio.

QPJ Política

El Secretario Electoral Federal de Jujuy, Manuel Álvarez del Rivero, explicó los números de las próximas Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 13 de agosto en nuestra provincia: "Estamos en curso del cronograma electoral, ya en miras a las elecciones PASO, del 13 de agosto venidero. Estas elecciones son las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Es un sistema creado por ley en el 2011, en el cual las agrupaciones políticas, a través de esta elección primaria, de alguna manera interna, pero abierta, eligen a quienes van a ser los representantes de estas agrupaciones políticas, que van a buscar algún lugar en los cargos a elegir que, en este caso este presente año, va a ser el 22 de octubre".

Respecto a la cantidad de jujeños habilitados para votar, señaló "tenemos 590.861 electores hábiles, que van a poder emitir su sufragio en las elecciones de este año. Estos electores están divididos en 1825 mesas, las cuales están distribuidas en 309 locales de votación.

En diálogo con Jujuy Al Día, habló sobre lo que encontraremos dentro del "cuarto oscuro", Manuel Álvarez del Rivero comentó que "va a haber un gran cúmulo de boletas; no tantas que tengan que ver en el orden distrital, me refiero a las categorías: senadores, diputados y parlamentarios del MERCOSUR distrito regional, sino el mayor cúmulo de boletas lo vamos a tener en las categorías presidente y Vice, y parlamentarios del MERCOSUR, distrito único. Hasta el momento, hay aprobadas 26, 27 boletas de este sentido, más las boletas locales".

"Hay que tener en cuenta que algunas de estas 27 boletas nacionales, tienen la adición de las boletas locales, entonces ese número va a bajar un poco. No obstante, por la cantidad de precandidatos a presidentes de las distintas agrupaciones, va a ser un gran número". Nuestro medio consultó al Secretario Electoral que consecuencias existen en el caso de que un elector no concurra a votar.

Álvarez del Rivero explicó "el voto es obligatorio pero tiene algunas excepciones. La obligatoriedad persiste, pero no tiene sanción en aquellos ciudadanos menores de 18 años y los mayores de 70, ellos, en caso de que no voten, no van a tener sanción. Los demás ciudadanos que no votan y no tienen una causal de justificación, van a van a tener que pagar una multa.

"Dicha multa es de 50 pesos, por elección y es acumulativa; es decir que se va acumulando si no me presento en las distintas selecciones".

Agregó "también vale aclarar que, por ejemplo, para las elecciones PASO si me encuentro en la en la ciudad de Buenos Aires, es decir, estoy a más de 500 kilómetros, por ende, tengo una causal de justificación; traigo el comprobante de la policía de donde estoy, que acredita que estoy a más de 500 kilómetros, lo presentó en el plazo, y justificó la no emisión de mi voto en las PASO".

Aclaró que no votar "no impide que la persona vote en las generales bajo ninguna circunstancia, de hecho, tiene la obligatoriedad de hacerlo en las elecciones generales de octubre y, eventualmente, en el balotaje", concluyó.

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