No puede ser

Argentina se vende: la Corte Suprema revocó el fallo que limitaba la venta de tierras a extranjeros

El máximo tribunal revocó la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del DNU 70/23 que derogó la Ley de Tierras Rurales

Lucas Saldaño

Lucas Saldaño

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo que había frenado la derogación de la Ley de Tierras Rurales y dejó vigente el artículo 154 del DNU 70/23, que había eliminado las restricciones establecidas por esa norma para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

La decisión fue tomada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes consideraron que la entidad que había promovido la demanda, el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM), no contaba con legitimación para cuestionar judicialmente la medida.

Por qué la Corte revocó el fallo

La causa se había iniciado a partir de una acción de amparo presentada por el CECIM contra el Poder Ejecutivo Nacional, con el objetivo de que se declarara la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 154 del DNU 70/23.

Ese artículo había derogado la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales, que establecía límites para la titularidad de tierras rurales por parte de extranjeros.

La Corte sostuvo que no estaba configurado un caso o controversia judicial, debido a que la asociación demandante no podía invocar la soberanía territorial como un derecho de incidencia colectiva en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional.

El máximo tribunal también cuestionó a tribunales inferiores por reconocer legitimaciones que, según sostuvo, se encuentran alejadas de los requisitos constitucionales necesarios para habilitar una causa judicial.

¿La Corte dijo que la derogación de la Ley de Tierras es constitucional?

No exactamente.

Este es uno de los puntos centrales del fallo. La Corte aclaró que su decisión se limita a rechazar la demanda por falta de legitimación de quien la presentó y por ausencia de un caso judicial, por lo que no resolvió de manera directa la constitucionalidad o inconstitucionalidad de fondo de la derogación.

Sin embargo, el efecto concreto de la sentencia es que queda vigente la derogación de la Ley 26.737 dispuesta por el DNU 70/23, al quedar sin efecto el fallo que había impedido su aplicación.

Qué implica para la compra de tierras por extranjeros

La Ley de Tierras Rurales establecía restricciones a la adquisición de tierras rurales por personas físicas o jurídicas extranjeras, incluyendo límites sobre la superficie que podía quedar en manos extranjeras y determinadas zonas consideradas estratégicas.

Con la derogación de esa normativa, esas restricciones específicas dejan de aplicarse bajo ese régimen, aunque continúan vigentes las demás normas que regulan la propiedad y adquisición de inmuebles en Argentina.

El fallo de la Corte vuelve a poner el tema en el centro del debate político y jurídico, mientras distintos sectores ya cuestionaron la decisión y otros defendieron sus efectos sobre el régimen de propiedad de tierras.

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