Sabor a poco

Jujeño abusó de su hijita de 9 años y ahora pasará 10 en la cárcel

El sujeto fue condenado por dos aberrantes sucesos.

QPJ Policiales

El Tribunal Criminal 2 condenó a un sujeto identificado como M.M.C a cumplir la pena de diez años de prisión de ejecución efectiva, por resultar ser autor material y responsable de los delitos de "Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo (dos hechos) en concurso real", ilícitos cometido contra su hija menor de edad, en una localidad del Departamento El Carmen.

Los jueces Dres. Salvador Gustavo Ortiz - presidente de trámite- y Luis Ernesto Kamada, ordenaron el inmediato traslado del condenado a las dependencias del Servicio Penitenciario provincial.

En el veredicto, dado a conocer recientemente, los magistrados además ordenaron librar oficio al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual a los fines de incluir en el listado al condenado, una vez firme la sentencia.

Para así resolver, el Tribunal hizo lugar al acuerdo de juicio abreviado celebrado por el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Luis Marcelo De Aparici y el acusado M.M.C. con la asistencia técnica de su abogado defensor Dr. Diego Rojas.

Los hechos

Según la requisitoria de la fiscalía el primer hecho por el que M.M.C fue condenado, ocurrió en el transcurso del mes de octubre de 2019, a horas 5:00 aproximadamente, en el domicilio de los padres del acusado.

En esa ocasión, la hija del sujeto -de 9 años de edad en aquel momento- se encontraba durmiendo en la misma habitación, y fue entonces que el inculpado la abusó sexualmente.

El segundo ilícito tuvo lugar el 1 de enero de 2021, a horas 12:00 aproximadamente, en el domicilio antes mencionado, cuando la menor víctima se encontraba durmiendo en una de las habitaciones y el condenado ingresó en estado de ebriedad y nuevamente cometió los vejámenes contra su hija.

Juicio abreviado

La condena fue aplicada luego que las partes solicitaran la realización del juicio abreviado según lo normado por el Art. 411 del Código Procesal Penal de la provincia, por lo que el acusado reconoció la existencia de los hechos y la responsabilidad que por el mismo se le atribuye conforme a la descripción y calificación legal reseñada.

En este marco, mediante acuerdo entre el acusado, su abogado defensor y la Fiscalía, se estableció la pena de prisión aplicada.

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