Pare de sufrir

Una ley tucumana podría cambiar la forma en la que nos atienden para siempre

Conocé cómo la aplicarán, a qué entidades alcanza y dónde se denuncia irregularidades. Habrá fuertes multas para quienes incumplan.

Tucumán decidió actuar ante un problema que tiene hace tiempo y que es permanente motivo de queja: las filas. Las eternas colas para realizar trámites, tanto en organismos oficiales como en entidades privadas, obligó a los legisladores a tomar acciones. Hace tres años una ley fue sancionada, pero recién hace pocos días llegó el decreto reglamentario.

La Ley 8.895, conocida como la ley "Tiempo de Espera para la atención al público", da el derecho a la gente a denunciar a las instituciones, ya sean públicas o privadas, organismos provinciales o nacionales y comercios, que no cumplan con los tiempos establecidos en la norma, según detallan medios de esa provincia.

El proyecto fue presentado por el legislador radical Fernando Valdez, que fue sancionado en 2015 y promulgado en 2016, y determina que una persona no debería aguardar más de 30 minutos para ser atendida, si es que la espera se hace de pie. En caso de que tenga la posibilidad de esperar sentado, con turno numerados y sanitarios disponibles, el tiempo máximo de tolerancia es de 90 minutos.

La norma considera trato indigno toda práctica de atención al público que implique permanecer en filas a la intemperie, en el exterior de instituciones o locales comerciales. La ley prohíbe tajantemente las esperas a la intemperie. Lo que deben hacer es adecuar la atención al público.

La ley rige en todo el territorio provincial, no importa el origen de la institución, se aplica en todos los sectores. El ente que será el encargado de recibir las denuncias y actuar, podrán hacerlo de oficio o mediante el labrado del acta. Habrá multas para quienes no cumplan con la Ley, que van de los $500 a los $5 millones, de acuerdo a la estructura, la posición en el mercado, la clientela y el nivel de facturación del infractor.

Claro que ante cada denuncia habrá que constatarla. Las filmaciones de las cámaras de seguridad o un registro en el libro de queja servirían para avanzar con la sanción. Según detallaron los mentores de la ley, el tiempo estipulado para la atención será desde que el establecimiento comience el horario de atención, y no antes.

La Dirección de Comercio Interior de esa Provincia será la encargada de recepcionar las denuncias, que podrán hacerse en su sede o vía telefónica, aunque la entidad también podrá actuar de oficio en casos especiales.


Comentarios

  • Carmen

    Que bien que alguien piense en el usuario. Hay negocios, por ejemplo, Castillo, Fravega, Garbarino, etc, etc que ni siquiera tienen baños. OJALA esta ley llegue URGENTE a JUJUY. Aunque con los legisladores que tenemos, capaz con suerte llegue en el año 3000.

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