DATO CLAVE

Desempleados podrán cobrar la ayuda de ANSES por un año: que necesitan

Una ayuda económica temporal alcanza a trabajadores registrados cuando pierden su empleo sin responsabilidad propia. El apoyo se gestiona mediante Atención Virtual o turno presencial, exige documentación según cada caso; busca sostener ingresos durante búsqueda laboral.

Los trabajadores jujeños que quedaron sin empleo pueden solicitar una ayuda económica temporal de ANSES, siempre que cumplan con las condiciones establecidas para acceder al beneficio.

La asistencia está destinada principalmente a personas que tenían un trabajo en relación de dependencia y perdieron el puesto por motivos que no les son atribuibles. También contempla determinadas situaciones vinculadas con el vencimiento de contratos y otras causas previstas por la legislación laboral.

¿Quiénes pueden acceder?

Los trabajadores con empleo permanente deben acreditar al menos seis meses de actividad con aportes durante los tres años anteriores al despido o a la finalización del vínculo contractual.

<p>&nbsp;La prestación está destinada a quienes perdieron su puesto laboral bajo las condiciones previstas por ANSES.&nbsp;</p>

 La prestación está destinada a quienes perdieron su puesto laboral bajo las condiciones previstas por ANSES. 

En el caso de trabajadores eventuales o de temporada, se deben cumplir condiciones específicas. Entre ellas, acreditar más de 90 días de actividad durante el año anterior al final de la relación laboral y menos de 12 meses trabajados dentro de los últimos tres años.

El monto que recibe cada persona y el tiempo durante el cual cobra la asistencia dependen de sus ingresos y de la cantidad de meses con aportes registrados durante los tres años previos.

El beneficio puede extenderse entre 2 y 12 cuotas. Para las personas mayores de 45 años, además, existe la posibilidad de una extensión de seis meses en el período de cobro.

¿Qué documentación hay que presentar?

Los papeles necesarios dependen de la forma en que terminó la relación laboral.

En caso de despido sin causa, se puede acreditar la situación mediante el telegrama de despido, una carta documento o una nota de desvinculación firmada por el empleador y con la certificación correspondiente.

Si la finalización se produjo por quiebra o concurso preventivo del empleador, pueden requerirse documentos emitidos por el síndico, una copia autenticada de la sentencia judicial, el telegrama enviado por el empleador o la publicación correspondiente en el Boletín Oficial.

Cuando el trabajador terminó el vínculo por una causa justificada, debe presentar los telegramas enviados para realizar la intimación y comunicar formalmente la desvinculación.

Si se trataba de un contrato con fecha de finalización, corresponde presentar una copia del contrato cuyo plazo haya vencido.

En caso de fallecimiento de un empleador unipersonal, se debe presentar una copia certificada del certificado o acta de defunción.

También existen requisitos específicos cuando, al terminar el último vínculo laboral, la persona atravesaba una enfermedad o había sufrido un accidente. En ese caso, debe acreditar mediante certificado médico que está en condiciones de realizar una actividad laboral compatible con su situación.

Además, se debe presentar el DNI original y una fotocopia, junto con la documentación que permita demostrar la situación de desempleo.

¿Cómo se realiza el trámite en Jujuy?

Los jujeños pueden iniciar la gestión de manera online mediante la Atención Virtual de ANSES, utilizando el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.

Quienes todavía no tengan esa clave pueden generarla para acceder a los servicios digitales del organismo.

También existe la posibilidad de realizar el trámite presencialmente en una oficina de ANSES, pero es necesario solicitar un turno previamente y concurrir con la documentación correspondiente.

<p>&nbsp;La gestión puede iniciarse a distancia y también completarse de forma presencial con turno previo.&nbsp;</p>

 La gestión puede iniciarse a distancia y también completarse de forma presencial con turno previo. 

¿Dónde se deposita el dinero?

ANSES gestiona una Cuenta de la Seguridad Social a nombre del beneficiario para depositar allí el dinero.

Si la persona ya recibe otra prestación del organismo mediante una cuenta bancaria, no es necesario abrir otra para este beneficio.

Además, quienes poseen una cuenta bancaria propia pueden consultar con su entidad financiera la posibilidad de convertirla en una Cuenta de la Seguridad Social para recibir los pagos.

¿Se puede cobrar junto con otras asignaciones?

La persona que recibe esta asistencia puede acceder simultáneamente a determinadas asignaciones familiares, según corresponda.

Entre las prestaciones compatibles mencionadas se encuentran el prenatal, la Asignación Universal por Hijo (AUH), nacimiento, adopción, ayuda escolar anual y matrimonio.

Los requisitos y las compatibilidades deben verificarse según la situación particular de cada beneficiario ante ANSES.

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