Caso Iara Rueda: el Ministerio Público insiste con la prisión perpetua para el femicida
Ratifican su pedido de prisión perpetua para Tomás Exael Fernández.
El Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Jujuy ratificó su pedido de prisión perpetua para Tomás Exael Fernández, condenado por el femicidio de Iara Rueda. El Procurador General, Sergio Lello Sánchez, sostuvo el recurso de inconstitucionalidad presentado por el fiscal Diego Funes ante la Suprema Corte de Justicia de la provincia, con el objetivo de revertir la condena de 15 años de prisión y aplicar la máxima pena prevista en el Código Penal.
Fernández fue declarado culpable del delito de homicidio triplemente agravado: por mantener una relación de pareja con la víctima, por alevosía y por mediar violencia de género. El crimen de Iara, ocurrido cuando ella tenía 16 años, conmocionó a toda la provincia y motivó la sanción de la Ley Provincial N.º 6186 de Emergencia en Violencia de Género.
La condena actual se basa en el régimen penal juvenil, ya que Fernández era menor de 18 años al momento del hecho. Tanto el tribunal de juicio como el de revisión consideraron aplicable la reducción de pena establecida por el artículo 41 de la Ley 22.278, lo que derivó en la pena de 15 años. Sin embargo, el Ministerio Público cuestiona esta decisión por considerarla arbitraria y desproporcionada.
"El tribunal aplicó de forma automática una reducción que no es obligatoria según la ley. Se ignoró la brutalidad del hecho, la peligrosidad del autor y los derechos de la víctima", afirmó el Procurador General. Además, criticó que no se haya convocado a audiencia pública, lo que impidió que la familia de Iara fuera escuchada por la Corte.
En su presentación, el MPA argumentó que la prisión perpetua es compatible con los tratados internacionales de derechos humanos, siempre que exista posibilidad de excarcelación. En Argentina, esta posibilidad está contemplada en el artículo 13 del Código Penal, que prevé la libertad condicional luego de 35 años de prisión efectiva.
"La reducción de pena no era obligatoria, y en este caso concreto resultó absolutamente irrazonable", sostuvo Lello Sánchez, quien agregó que una sentencia justa debe valorar adecuadamente el contexto de violencia de género, el daño causado y el dolor irreparable de la familia.
El escrito cita doctrina y jurisprudencia nacional e internacional sobre el principio de proporcionalidad, y sostiene que el fallo impugnado no constituye una derivación razonada del derecho vigente. Finalmente, el MPA remarcó su deber constitucional de defender el interés general y el compromiso con una justicia que contemple y repare los derechos de las víctimas.
"La justicia no puede ser indiferente ante un femicidio de esta magnitud. La pena debe reflejar la gravedad del hecho. Iara merece justicia completa, y su familia merece ser escuchada", concluyó el Procurador General.
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